Información general (Tarcas)
El Ayuntamiento de Sevilla, en ejercicio de su potestad de autoorganización reconocida en el artículo 4.1 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el artículo 5 de la LAULA, y en base a lo dispuesto en el artículo 41.4 del TRLCSP y el artículo 10.1 del Decreto 332/2011 de la Junta de Andalucía, atendiendo a los criterios de máxima eficacia, celeridad, y economía, por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 25 de mayo de 2012 creó el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales del Ayuntamiento de Sevilla, en adelante TARCAS, como órgano unipersonal y compuesto por la persona titular del mismo.
La Junta de Gobierno en sesiones de fechas 20 de junio de 2012 y 11 de abril de 2014, acordó las normas de funcionamiento del Tribunal.
Conforme a lo dispuesto en la ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, el Ayuntamiento de Sevilla adapta la regulación, composición y funcionamiento del Tribunal a las nuevas prescripciones contenidas en la misma, aprobándose por la Junta de Gobierno, en sesión de fecha 6 de julio de 2018, las normas de funcionamiento del Tribunal. Conforme a éstas;
“Corresponde al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales del Ayuntamiento de Sevilla en el ámbito del Ayuntamiento de Sevilla y de las entidades instrumentales del mismo que ostenten la condición de poderes adjudicadores:
a) Resolver los recursos especiales en materia de contratación regulados en los artículos 44 y siguientes de la Ley 30/2017 de Contratos del Sector Público.
b) Resolver las reclamaciones en los procedimientos de adjudicación regulados en el artículo 101 y siguientes de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y las cuestiones de nulidad establecidas en el artículo 109 de dicha Ley.
c) Adoptar las decisiones pertinentes sobre las medidas provisionales y cautelares que se hayan solicitado por las personas legitimadas con anterioridad a la interposición de los recursos, reclamaciones a los que se refieren los apartados a y b.
e) Tramitar e informar los recursos previstos en los artículos 46 y 321 de la ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
d) Cualquier otra competencia que le atribuya la normativa de la Unión Europea o la normativa estatal básica.”
Mediante acuerdo del Pleno de fecha 28 de septiembre de 2018, se nombra a Rosa Mª Pérez Domínguez como titular del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales del Ayuntamiento de Sevilla.