Legislacion Aplicable

 

 

  •  Constitución Española de 1978, donde se reconoce el derecho a la protección de la salud y establece que los poderes públicos organizarán y tutelarán la salud pública a través de medidas preventivas y servicios necesarios.
  •  Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, donde se establece que el Municipio ejercerá en todo caso competencia propia en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de protección de la salubridad pública.
  •  Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en virtud de las cuales, el Ayuntamiento de Sevilla es competente para realizar el control sanitario de edificios y lugares de vivienda y convivencia humana.
  •  Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que establece la obligación de los propietarios de terrenos, construcciones y edificios de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, realizando los trabajos y obras precisos para conservarlos o rehabilitarlos, a fin de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo.
  •  Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.